A- de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Carlos Libardo Bernal Pulido
✓Claimant Defensoria Del Pueblo, Regional Nariño·Respondent Municipio De Ancuya Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Controversia suscitada entre el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Pasto y el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad.
La controversia se generó luego de que el Juzgado Especializado invocara las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1069 de 2015, para abstenerse de conocer la acción de amparo invocada, pese a que la Corte Constitucional en reiterada jurisprudencia ha establecido que las normas contenidas en dicha norma no pueden ser usadas por las autoridades judiciales para rechazar la competencia, en la medida en que corresponden a simples reglas administrativas destinadas al reparto de las acciones de tutela, que no cuentan con la capacidad de desplazar la competencia.
La misma autoridad también desconoció la prohibición de determinar el juez competente a partir de un estudio de fondo de la solicitud de amparo, lo cual conlleva a una afectación de los fines de la tutela relacionados con la protección inmediata de los derechos fundamentales y con los principios orientadores del proceso, relativos a la prevalencia del derecho sustancial, economía, celeridad y eficacia.
Se ordena remitir el expediente al Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Pasto, para que continúe con el trámite y profiera la decisión de fondo que corresponda.
Se le hace una advertencia a esta autoridad para que en lo sucesivo se abstenga de promover conflictos de competencia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017, a fin de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
Al otro juzgado involucrado se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 20 de noviembre de 2018 por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Pasto, dentro de la accion de tutela presentada por la Defensoria del Pueblo Regional Narino en contra de la Nacion - Ministerio de Educacion, departamento de Narino - Secretaria de Educacion Departamental y el Municipio de Ancuya.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3552 al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Pasto, para que continue con el tramite y profiera decision de fondo respecto de la referida accion de tutela.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito Especializado de Pasto, que en lo sucesivo, se abstenga de promover conflictos de competencia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1983 de 2017, a fin de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Pasto, que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en
- la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Quinto. Por Secretaria General, COMUNICAR a la parte accionante y al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Pasto la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.